El pasado día 10 de Diciembre por la tarde se reunieron los socios de la Asociación de Personas Sordas de Castellón para ver un video explicativo sobre "Declaración de entidad de utilidad pública" con la colaboración de la gestora OVE y un interprete de Lengua de Signos. Tras la explicación, dio comienzo un debate entre los socios, para que la Asociación pueda mejorar y evolucionar.
La declaración de utilidad pública es un reconocimiento social de la labor que realizan las entidades sin ánimo de lucro. Para obtener este título es necesario cumplir una serie de requisitos que están recogidos en la Ley orgánica 1/2002 de 22 de marzo, del Derecho de Asociación. En concreto, aquellas organizaciones que solicitan la declaración de utilidad pública deben promover el interés general, no sólo de sus asociados, llevar en funcionamiento al menos dos años y no retribuir a los miembros de sus órganos de representación con fondos y subvenciones públicas.
A pesar de que la declaración de utilidad pública implica unos derechos, también conlleva una serie de obligaciones que algunas entidades no pueden comprometerse a cumplir:
- Derechos: Las asociaciones pueden disfrutar de exenciones y beneficios fiscales especiales, así como de otros beneficios económicos y asistencia jurídica gratuita. Por otro lado, un beneficio para los donantes es que, si la ONG con la que colaboran está declarada de utilidad pública, puedan desgravarse las cuotas o donaciones.
- Obligaciones: Es necesario presentar las cuentas anuales y una memoria de actividades. Además, hay que facilitar a las Administraciones públicas los informes que requieran sobre estas actividades e inscribirse en el registro de asociaciones correspondiente. Si se incumple la obligación de rendir cuentas, se inicia el proceso para revocar la declaración.